Paridad y reelección, urgen reglas.

Dulce María Sauri Riancho
El pasado 8 de mayo, las páginas del Diario Oficial del gobierno de Yucatán dieron a conocer dos importantes decretos en materia de Paridad. El primero, una reforma al artículo 16 de la Constitución del Estado (apartado A), que obligará a todos los partidos políticos a registrar igual número de mujeres y hombres en las candidaturas a las presidencias municipales y a las regidurías de los ayuntamientos. El segundo decreto incluye las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (artículos 214 y 221) y a la Ley de Partidos Políticos del Estado de Yucatán (artículos 3, 25 f. XXVI, 34). La denominada coloquialmente “ley electoral” establece el mecanismo para asegurar la paridad horizontal: “Cada uno de los géneros encabezará el 50% de las planillas de candidatos a regidores que contenderán en los municipios del estado”. Mitad y mitad no sólo en las candidaturas a presidente/as municipales, sino también en la integración de las planillas de regidor/as.

Por su parte, la Ley de Partidos los obliga a observar la participación igualitaria de mujeres y hombres en la postulación de candidaturas. Lo más interesante de esta nueva disposición es que los partidos políticos tendrán que determinar y hacer públicos “los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores locales y a regidores”. Además, éstos “deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad entre géneros”. Por primera vez una norma yucateca aborda el tema de la violencia política contra las mujeres, pues la reforma a la Ley de Partidos los hace responsables de garantizar que las militantes de su organización “que contiendan o ejerzan un cargo de elección popular” no sean objeto de violencia política en su contra. También los obliga a sancionar internamente a quienes la ejerzan.

Varias e importantes noticias derivan de las reformas en materia de Paridad. La primera es la obligación legal de respetarla de todos los partidos políticos, sin excepción alguna. En 2015, sin la obligación de paridad, las presidentas municipales disminuyeron significativamente en número, pues sólo ocho de 106 ayuntamientos están encabezados actualmente por una mujer, cuando tres años antes, en 2012, fueron electas 16. En cambio, gracias a la paridad, la actual legislatura local tiene un número récord de diputadas, nueve (36%), que contrasta con las poquísimas alcaldesas (7.5% del total). Algunas voces interesadas señalan la imposibilidad de los partidos políticos de encontrar “suficientes” mujeres interesadas en las candidaturas y dispuestas a presentarse como candidatas. Otro argumento engañoso: “no hay mujeres capaces” para ser alcaldesas, diputadas, etcétera, como si en el sexo opuesto abundaran los ejemplares sabios, conocedores y, sobre todo, incorruptibles. Cuando escucho estos “razonamientos”, no puedo menos que remitirme a los estereotipos de género, que niegan capacidades a las mujeres para desempeñarse en la vida pública.

Pero ¿qué sucede si un partido político no respeta la paridad en las candidaturas? Sencilla respuesta: el Instituto Electoral le negará el registro de sus candidato/as y le dará un periodo para enmendar la deficiencia. Y si persiste, ni su emblema ni sus contendientes aparecerían en las boletas electorales.

La paridad de género no será la única novedad en las elecciones del 1 de julio de 2018. También se aplicará por primera vez la reelección consecutiva para diputado/as y alcaldías. En el caso del Congreso, el asunto será menos difícil en cuanto a la paridad, al menos para el PRI, pues de sus 13 legisladores, más de la mitad (54%) son mujeres. No es el caso del PAN, con la solitaria presencia de Beatriz Zavala. En cambio, el PRI y el PAN tendrán problemas con la reelección consecutiva de sus alcaldes y la aplicación del principio de la paridad. El PRI, que gobierna en 69 municipios, tendría que postular puras mujeres como candidatas a las alcaldías donde es oposición (37), bajo el supuesto de que todo/as las actuales autoridades buscaran la reelección. Y esto sin considerar la composición de las planillas de regidor/as, pues tendría que prescindir de varios actuales ediles para ser sustituidos por personas del sexo femenino. El PAN, como gobierna menos municipios, 24, tendría aparentemente menores dificultades. En el caso del cabildo de Mérida, si Mauricio Vila desoye las voces de sirena y busca la reelección, el PAN tendría que sustituir a uno de los actuales regidores por una mujer. Lo mismo sucedería en todas las planillas que no ajustaran el número mágico de 50-50.

La paridad es sólo uno de los retos de la organización del proceso 2018. Las normas que rigen el desarrollo de las campañas también tendrán que ser revisadas y adaptadas a las nuevas disposiciones de las autoridades electorales. Por ejemplo, ¿cuándo se debe separar de su encargo un alcalde que aspire a ser reelecto? ¿Sólo él/ella, o todos los regidores propietarios que formen la planilla de candidatos? ¿Y los diputados en ejercicio de su encargo? La verdad es que me da pesadillas imaginar enero con ¿100? ¿50? ayuntamientos descabezados y un congreso con puros suplentes. Las autoridades tendrán que garantizar la equidad entre candidatos: unos, tras su reelección, otros, la “retadora”, sin antecedentes institucionales. No hay mucho tiempo para analizar, debatir y fijar las reglas. Ahora sí, se nos queman las habas.

A los partidos, a los órganos electorales, a las posibles candidatas y candidatos. Y sobre todo, a una ciudadanía expectante del cumplimiento de la Ley.— Mérida, Yucatán.


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