Mujeres al Congreso. Mitad y mitad.

Dulce María Sauri Riancho
Finalmente sucedió. La reforma constitucional en materia electoral trajo, en el caso de Yucatán, una importante disposición que pasó casi desapercibida. La Carta Magna de la república dejó contundentemente establecido que en las candidaturas al Poder Legislativo (diputados federales y locales, así como senadores) tendrá que aplicarse la paridad, lo que en buen castellano significa que la mitad de las postulaciones será para hombres y la otra mitad, para mujeres.

Se trata de un cambio jurídico de la mayor trascendencia. Es cierto que existían desde hace aproximadamente 20 años diversas disposiciones para “recomendar” a los partidos políticos incrementar el número de mujeres candidatas. Al iniciar el siglo XXI, ante el lento avance que registraba la participación de las mujeres en el Congreso de la Unión se estableció una medida de acción afirmativa, destinada a compensar el rezago. Fue la llamada “cuota de género”, que comenzó con el 70-30% y en 2007, se transformó en el 60-40%. Las resistencias de los partidos políticos a cumplir esta norma fueron considerables, aunque soterradas, como el célebre caso de “Las Juanitas”.

Aprendimos las mujeres. En 2012, después de un juicio de protección de derechos políticos, los partidos tuvieron que sustituir “al cuarto para las doce” varias candidaturas masculinas. Hasta que llegó la reforma de 2014, que al establecer la paridad, trasciende las acciones de carácter temporal, por una determinación definitiva de reflejar en las candidaturas el mundo en que vivimos, que está compuesto a la mitad por mujeres y hombres.

El año próximo viviremos un temblor cuyo epicentro se localizará en el género. En 2015, de los trescientos distritos electorales en que está dividido el país, en ciento cincuenta habrá fórmulas de mujeres y en el resto, de hombres. Para evitar la tentación de los partidos, en especial de los tres grandes: PRI, PAN, PRD, de enviar a las mujeres de candidatas en distritos electorales de alta dificultad, las propias normas facultan a las autoridades electorales a vigilar que esto no suceda. Es más: quedó establecida la obligación de los partidos políticos para hacer transparentes ante el INE las reglas que aplicarán para seleccionar a sus candidatas. Es una manera de minimizar el riesgo de elegir a parientes, amigas sin militancia o simplemente “inventar” candidaturas a modo, haciendo a un lado a quienes tienen méritos y capacidad suficiente para ser candidatas y ganar la elección.

En Yucatán se realizó la reforma correspondiente para adecuar nuestra Constitución a la federal y promulgar nuevas leyes electorales. Desde luego, en el apartado A del artículo 16 se obliga a las autoridades electorales y a los partidos políticos a establecer “reglas para garantizar la paridad de género en la asignación de candidaturas a diputados”. Esta misma disposición se recoge en la legislación secundaria, tanto en la Electoral, como en la de Partidos Políticos. Eso sí: ni un milímetro más. En el estado de Elvia Carrillo Puerto, del primer Congreso Feminista de 1916 y de la primera representación de mujeres en un poder Legislativo local, no fue posible lograr lo que en otras entidades de la república sí se pudo realizar. Me refiero a la aplicación del principio de paridad en la integración de las planillas para la elección de los ayuntamientos, tal como decidieron hacer en Nuevo León, Querétaro y otros estados del país. Lo más que concedió el Congreso yucateco fue introducir la modesta disposición que obliga a que las suplencias sean femeninas cuando la candidatura propietaria recae en una mujer.

Tal vez por la vía de las disposiciones estatutarias de los partidos se pueda subsanar esta falta de entusiasmo de los legisladores yucatecos. Por ejemplo, los estatutos del PRI obligan a la paridad en las planillas de los ayuntamientos. Sin embargo, no es buena señal para la causa de la paridad que la mayoría priísta en el Congreso haya olvidado introducir en la Ley su disposición interna.

Por su parte, el Instituto Nacional Electoral (INE) comienza a tambor batiente en cuanto a la aplicación del principio de paridad. La convocatoria nacional y el reglamento para seleccionar a los siete integrantes de los nuevos Organismos Públicos Locales (OPL) en dieciocho estados, establecen que del total de aspirantes, se seleccionarán veinticinco hombres y un tanto igual de mujeres, una vez que se haya aplicado el examen de conocimientos el próximo 7 de agosto. Esto quiere decir que si en Yucatán se inscribieron veintisiete mujeres, sólo las dos más malas quedarán fuera, en tanto que los hombres, de más de cien inscritos, pasará solamente la cuarta parte a la siguiente ronda. El propio INE se ha impuesto que todos los organismos electorales de los estados queden conformados por tres y tres y que la Presidencia se decida conforme a los mayores merecimientos y experiencia, bien sea masculina o femenina.

Aquí en nuestra tierra, el Organismo de Mujeres del PRI (OMPRI) recientemente cambió su dirigencia estatal. Se apresta el partido, como seguramente lo harán los demás, a llegar en las mejores condiciones de organización a las postulaciones femeninas del próximo año.

Alienta escuchar de la nueva dirigente que abrirá las puertas a todas las militantes, contrario a la política de exclusión que hasta entonces prevalecía.


No vale el sobado argumento de “aquí no hay suficientes mujeres”. ¡Claro que las hay! Tan capaces como los hombres, para hacer las cosas bien o para equivocarse y fallar, tal como lo hacen ellos. Por lo pronto, como dice la canción, para abril y para mayo próximos veremos a muchas candidatas en campaña, buscando el voto. La mitad del total, porque somos el cincuenta por ciento del mundo y tenemos derecho a una representación paritaria.- Mérida, Yucatán.

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